Habilitacion para Serenos
HABILITACION DE PRESTADORES
2. Las personas que pretendan realizar tareas de SERENO PARTICULAR, a efectos de obtener la habilitación correspondiente, deberán constituirse en empresa unipersonal – sin personal contratado –
3. Las personas físicas en la petición deberá indicarse:
a)- Nombre y apellido completo, número de C.I. y residencia acreditada en el país si fuera extranjero.
b)- Edad, estado civil, nacionalidad y domicilio.
c)- Buena conducta mediante el certificado respectivo o información de vida y costumbres si fuere necesario a juicio de la Policía.
d)- Localidad, zona o radio en que se propone realizar su actividad.
1. Quienes presten servicios de Serenos o de Vigilancia de cualquier tipo deberán solicitar autorización a la Jefatura de Policía del Dpto. en que cumplirán su actividad.
2. Las personas que pretendan realizar tareas de SERENO PARTICULAR, a efectos de obtener la habilitación correspondiente, deberán constituirse en empresa unipersonal – sin personal contratado –
3. Las personas físicas en la petición deberá indicarse:
a)- Nombre y apellido completo, número de C.I. y residencia acreditada en el país si fuera extranjero.
b)- Edad, estado civil, nacionalidad y domicilio.
c)- Buena conducta mediante el certificado respectivo o información de vida y costumbres si fuere necesario a juicio de la Policía.
d)- Localidad, zona o radio en que se propone realizar su actividad.
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